Con 86 votos a favor, senadores aprueban en lo general reforma judicial

Reunidos en la antigua sede del Senado, en la Casona de Xicoténcatl, los senadores aprobaron con 86 votos y 41 en contra, en lo general, los artículos no reservados del dictamen de la reforma judicial.

Luego de más de 10 horas de una sesión que inició el martes en la sede de Insurgentes y Reforma y que se trasladó a la antigua Casona de Xicoténcatl, el Senado de la República aprobó en los primeros minutos de este miércoles la reforma del poder judicial.

“… Hay mayoría calificada, en consecuencia queda aprobado en lo general y en todo lo no reservado, del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en materia de reforma al Poder Judicial…” Gerardo Fernández Noroña | Presidente del Senado

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Los senadores de la República ahora inician la discusión en lo particular.

¿De qué trata la reforma judicial?

Establece que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las y los magistrados de circuito, las y los jueces de distrito y las y los magistrados del TEPJF serán electos por voto popular.

Destaca que los tribunales administrativos, los jueces de Distrito y tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación (PJF) o, en su caso, de la SCJN deberán resolver en un máximo de seis meses los asuntos de su conocimiento y, en caso de incumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, se deberá dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y al órgano interno de control tratándose de tribunales administrativos.

La administración del PJF estará a cargo de un órgano de administración judicial, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial, por lo que desaparece el Consejo de la Judicatura Federal

La composición de la SCJN será de 9 integrantes; además se disminuye de 8 a 6 el número de votos requerido para que las sentencias dictadas por el Pleno de la SCJN sean obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales.

Las ministras y ministros del Alto Tribunal durarán en su encargo 12 años; y la elección de los integrantes se realizará a nivel nacional para lo cual el Senado de la República emitirá la convocatoria para la integración del listado de candidaturas el día que se instale el primer periodo de sesiones ordinarias del año anterior al de la elección que corresponda.

El Poder Ejecutivo postulará de manera prioritaria hasta 10 personas aspirantes; el Poder Legislativo postulará hasta 5 personas por cada Cámara mediante votación calificada de sus integrantes presentes, y el Poder Judicial de la Federación, por conducto del Pleno de la SCJN, postulará hasta 10 personas por mayoría de 6 votos.

En el caso de magistradas y magistrados de Circuito, así como de juezas y jueces de Distrito, la elección se realizará por circuito judicial, para lo cual cada uno de los poderes de la Unión postulará hasta dos personas de manera prioritaria para cada cargo.

El Tribunal de Disciplina Judicial se integrará por 5 miembros electos por la ciudadanía a nivel nacional; podrá conocer, investigar, sustanciar y sancionar a las personas servidoras públicas del PJF que incurran en actos u omisiones contrarias al interés público o a la adecuada administración de justicia.

La reforma establece que las entidades federativas deberán replicar el modelo federal y establecer la elección de magistrados y jueces por voto directo y secreto de la ciudadanía, además de crear el tribunal de disciplina judicial y el órgano de administración judicial correspondiente.

 

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